Políticas de tratamiento de datos
HABEAS DATA
Dando cumplimiento a la ley estatutaria 1581 de 2012 y al decreto 1377 DE 2013,(Junio 27)
Por el cual se reglamenta la Ley 1581 de 2012.
Y al artículo 9 del Decreto 1377 de 2013 que indica:
En ejercicio del derecho de hábeas data y en virtud de lo establecido en la Ley 1581 de
2012, los titulares pueden solicitar la exclusión de su información cuando no
exista el deber legal de que la misma permanezca en una base de datos o cuando se demuestre
la existencia de un contrato que así lo establezca.
Se expresa que mediante el registro voluntario, el
residente acepta que la información que proporciona al sitio pueda ser usada de forma
exclusiva para que el ente administrador o usuario pueda brindar los servicios que la plataforma
proporciona.
Hace constar además que la información consignada en sus sitios y páginas web,
son de caraácter privado y de propiedad del usuario y/o ente administrador de los
módulos pertinentes proporcionados.
Se brindan herramientas en su plataforma para que el usuario y/o administrador de la misma
de forma autónoma administre esta información , permitiendo que la actualice,
configure o retire para no continuar recibiendo información y/o notificaciones del sistema si así
lo prefiere.
Hábeas Data :
La Corte Constitucional lo definió como el derecho que otorga la facultad al titular de datos personales de exigir de las
administradoras de esos datos el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización
y certificación de los datos, así como la limitación en las posibilidades de su
divulgación,
publicación o cesión, de conformidad con los principios que regulan el proceso de administración de datos personales.
Asimismo, ha señalado que este derecho tiene una naturaleza autónoma que lo diferencia de otras garantías
con las que esté en permanente relación, como los derechos a la intimidad y a la información.